Cerámica La Escandella S.A. pone a disposición de las partes interesadas, en cumplimiento y bajo la protección de la Ley 2/2023, un canal de comunicación para la recepción de informaciones relativas a:
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
- Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, según lo dispuesto en el art. 2.1.a).
- Infracciones del Derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Las comunicaciones realizadas serán recibidas y tramitadas por las personas del departamento de gestión de personas de Cerámica La Escandella S.A.
Si considera que alguna de las personas que van a recibir su denuncia (Órgano Responsable del Canal u Órgano de Gobierno) es partícipe o está involucrada/implicada/envuelta en los hechos denunciados, podrá bloquear la comunicación a dicho órgano, dejándolo fuera de la tramitación e investigación.
Cerámica La Escandella S.A. prohíbe expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación conforme a lo previsto en la Ley.
Se garantiza la máxima confidencialidad y el anonimato en los procesos de investigación de las informaciones recibidas y el tratamiento de las mismas con objetividad, imparcialidad y transparencia, sometiéndose a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y cumpliendo la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
La identidad del informante será en todo caso reservada, no se comunicará a las personas a las que se refieren los hechos relatados ni a terceros no autorizados.
A la hora de rellenar los formularios debe tener en cuenta las siguientes reglas:
- La información suministrada debe ser veraz.
- Las comunicaciones deben ser planteadas de buena fe.
- No comparta datos personales de terceras personas ajenas a los hechos denunciados.
- No comparta datos personales incluidos dentro de las categorías especiales de datos (salud, ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico, etc., art. 9 LOPDGDD).
La persona informante que, con mala fe, presente una comunicación manifiestamente infundada o malintencionada con ánimo de causar un perjuicio injustificado, podrá ser objeto de la adopción de las medidas oportunas o, en su caso, de la comunicación a las autoridades competentes para la incoación de aquellos procedimientos que puedan tener objeto.
Para más información sobre los principios generales del procedimiento de gestión de las informaciones y el uso del canal puede contactarnos
Las comunicaciones también se pueden realizar de manera externa a través de los canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.
Estos canales pueden ser:
- Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).
- Ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes.
- Ministerio Fiscal.
- Fiscalía Europea, en el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE).
- Agencia Antifraude competente.
- Otros organismos competentes.
Para realizar o consultar el estado de una denuncia o comunicación: rrhh@laescandella.com
Este Canal no gestionará ni redirigirá comunicaciones, reclamaciones o incidencias de carácter comercial, de facturación o de atención al cliente, por lo que este tipo de comunicaciones se deberán tramitar a través de sus vías específicas.